Desde GESIRES CONSULTING queremos comunicarte que tienes la flexibilidad de elegir la forma en que deseas llevar a cabo ciertas acciones, pero es importante tener en cuenta que algunas decisiones pueden tener un alto costo asociado. Esto se debe a que, según lo establecido en el convenio colectivo, existen pautas que debemos respetar como directoras de residencias. En este contexto, surge la pregunta:
¿Es legal realizar un despido a través de WhatsApp?
La respuesta es que, desde una perspectiva puramente legal, es posible llevar a cabo un despido por WhatsApp. Sin embargo, debes tener en cuenta que esta elección puede resultar costosa en varios aspectos. Esto se debe a que el Estatuto de los Trabajadores, en sus artículos 53 y 55, establece los requisitos y procedimientos necesarios para la terminación de un contrato de trabajo, ya sea de manera objetiva o disciplinaria.
Para un despido objetivo (artículo 53), se requiere una comunicación escrita al trabajador que exprese la causa del despido, además de poner a disposición del trabajador una indemnización de 20 días por año de servicio.
En el caso de un despido disciplinario (artículo 55), también se exige una comunicación por escrito al trabajador, en la que se detallen los hechos que motivan el despido y la fecha en que surtirá efecto.
Es importante destacar que recientemente se informó sobre el despido de varios trabajadores en un hospital de Valencia a través de WhatsApp. Sin embargo, esta información fue incorrecta, ya que lo que realmente ocurrió fue la comunicación de la no renovación de contratos (mediante SMS) y la no superación del período de prueba, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores.
En el contexto de las residencias, es esencial seguir los procedimientos adecuados en caso de un despido disciplinario. Esto implica:
- Redactar una carta de apertura de expediente por falta leve, grave o muy grave.
- Conceder al trabajador un plazo de 5 días naturales para que responda a la apertura del expediente y presente su defensa.
- Tras revisar las alegaciones del trabajador, responder en otros 5 días naturales. En esta respuesta, se debe indicar la calificación final y la sanción propuesta, que puede variar desde una simple amonestación hasta la suspensión de empleo y sueldo por 90 días o el despido.
No seguir estos procedimientos adecuados puede resultar en la obligación de pagar una indemnización de 33 días por año trabajado, incluso en casos de despido disciplinario por falta muy grave.
Por lo tanto, aunque es posible llevar a cabo un despido mediante WhatsApp, es importante tener en cuenta que esta opción puede resultar significativamente más costosa que realizarlo mediante una carta motivada, como lo establece el convenio colectivo que rige nuestra actividad. Además, la precisión en la redacción de los documentos relacionados con el procedimiento disciplinario es esencial, ya que es posible que debas defender tu posición en un futuro juicio.
En definitiva, no te dejes llevar por «calentones», porque convertirás el despido en improcedente y, si tienes mala suerte, puede que se convierta en nulo, con lo que ello conlleva…